La Constitución Política de la República de Guatemala en la Sección 8va referente a Trabajo, Artículo 102 sobre Derechos sociales mínimos de la legislación del trabajo, literal m) establece: la “Protección y fomento al trabajo de los ciegos, minusválidos y personas con deficiencias físicas, psíquicas o sensoriales”. (Constitución Política de la República de Guatemala, año 1985).
Por lo anterior, el Estado de Guatemala a través del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, MINTRAB, cumple con lo establecido en dicho Artículo; vela y promueve el cumplimiento de las políticas y programas relativos al trabajo y la previsión social. A pesar de lo establecido como una obligación del Estado para promover y apoyar el desarrollo laboral del país, “en los últimos diez años, la mayor parte de los empleos nuevos creados en Guatemala han sido empleos precarios, en gran medida en el sector informal de la economía, sin cobertura de seguridad social o sin la vigencia de contratos.
Así, el empleo con cobertura de la protección social, pasó del 23% en el año 2000, al 20% del empleo total en el 2008. En los Departamentos de Guatemala y Escuintla, el trabajo decente oscila entre un 40% y 50% del empleo total. Pero en el resto de Departamentos, el trabajo decente no sobrepasa el 20% del total. En el extremo del trabajo precario están los Departamentos de Huehuetenango, Totonicapán y Quiché, donde el trabajo decente es prácticamente marginal. Además, las oportunidades de un trabajo decente muestran una alta concentración geográfica. Solamente el Departamento de Guatemala concentra el 61% del trabajo decente.” (Estudio entre la penuria y la urgencia de oportunidades, El Empleo Juvenil en Guatemala, realizado por Unión Europea publicado en el año 2011).
Actualmente el Viceministerio de Previsión y Empleo a través de la Dirección General de Previsión Social y la Dirección General de Empleo promueve la atención de personas con discapacidad en cumplimiento a las acciones definidas en el programa que son: Institucionalizar y Fortalecer el Servicio Nacional de Empleo y la Sección del Trabajador con Discapacidad para que Orienten, Promueva la formación para el empleo e Intermediar la oferta y demanda de empleo para personas con discapacidad y otros grupos vulnerables, para lo cual deberán implementarse las herramientas tecnológicas y logísticas para el correcto desempeño de sus funciones.
Además, desarrolla acciones en función al plan de implementación de la Política Nacional de Empleo Digno 2017-2032, que la formación, Capacitación y el acceso al empleo, las actividades generadoras de ingresos económicos y la ocupación para personas con Discapacidad”.