El Salvador - Repositorio de acciones sobre Trabajo Doméstico Remunerado
Información Normativa | |
Ratificación del Convenio 189 OIT | No. |
Existencia de regulación interna para trabajo doméstico |
Sí.
Constitución de la República de El Salvador. Consulte aquí.
Código de Trabajo de la República de El Salvador. Consulte aquí.
Decreto núm. 74, de 31 de mayo de 2010, que establece el Reglamento de creación y aplicación del Régimen Especial de Salud y Maternidad para los Trabajadores Domésticos. Consulte aquí.
En la legislación salvadoreña se encuentra regulado el "Trabajador Doméstico", en las siguientes legislaciones:
En el caso de trabajadores domésticos migrantes, aplican las mismas regulaciones que los trabajadores nacionales; ya que la misma Constitución de la República los establece en su artículo 96 "Los extranjeros desde el instante en que llegaren al territorio de la República, estarán estrictamente obligados a respetar a las autoridades y a obedecer las leyes y adquirirán derecho a ser protegidos por ellas". |
Áreas de intervención | |
1. Capacitación y profesionalización |
Trabajadores(as):
A través de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, se dan asesorías personalizadas a personas trabajadoras domésticas respecto a la creación y otorgamiento de la Personalidad Jurídica de nuevas organizaciones sindicales.
Asimismo, se les da capacitación a las personas dirigentes sindicales con respecto al trámite de inscripción de Juntas Directivas de asociaciones sindicales, así como la documentación necesaria para solicitar el trámite y su respectiva base legal; esto para garantizar el conocimiento de la ley por parte de los trabajadores y las trabajadoras.
Es importante aclarar que de acuerdo al inciso sexto del artículo 47 de la Constitución de la República y el artículo 225 del Código de Trabajo, establecen que los miembros de las Juntas Directivas de los sindicatos deber ser salvadoreños por nacimiento; por lo que, de acuerdo a la legislación, las personas extranjeras solo pueden ser afiliados, pero no integrantes de una Junta Directiva de una asociación sindical.
Por otra parte, también se da orientación a los trabajadores y las trabajadoras domésticas sobre los trámites que realiza el Departamento Nacional de Organizaciones Sociales de la Dirección General de Trabajo, en torno a la actividad sindical.
Asimismo, la Dirección de Relaciones Internacionales de Trabajo dentro de su Plan de Capacitaciones sobre Normas Internacionales de Trabajo, lleva procesos de formación para el personal del Ministerio en materia del Convenio N°189 sobre Trabajadores Domésticos de la OIT.
Empleadores(as):
El Ministerio no parece contar con capacitaciones para empleadores(as) de trabajadores(as) domésticos(as) en este momento. |
2. Difusión y sensibilización |
Campañas De Sensibilización
• En 2015 y 2016: Campaña “TRABAJO COMO NINGÚN OTRO, DERECHOS COMO CUALQUIER OTRO” con la finalidad de promover el cumplimiento a los derechos laborales de las trabajadoras del hogar remunerado y la ratificación del Convenio 189 de la OIT. |
3. Inspección | El Ministerio de Trabajo y Previsión Social, a través de la Dirección General de Inspección de Trabajo, atiende las denuncias de los trabajadores, incluyendo a los trabajadores domésticos; por lo que acude a verificar sobre lo denunciado a fin de proteger los derechos laborales del trabajador (Artículos 33, 43, 44, 45, 47 de la Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social- LOFSTPS). |
4. Cobertura de seguridad social | Se hace del conocimiento que el Gobierno de El Salvador, a través del Instituto Salvadoreño del Seguro Social cuenta con el proceso de inscripción de empleador y trabajador para la afiliación del servicio doméstico, el cual detalla los porcentajes de cotización, así como el formato de la respectiva ficha de inscripción, en su página Web. Consulte formulario de trabajador aquí y de empleador aquí. |
5. Alianzas con actores sociales | El Ministerio de Trabajo y Previsión Social a través de la Unidad de la Equidad entre los Géneros, en mayo de 2015, tomo la iniciativa de instalar un Comité Interinstitucional para el estudio del Convenio 189 con el objetivo de generar un espacio de coordinación entre actores claves y con capacidad de incidencia que puedan posicionar el trabajo de las trabajadoras y trabajadores Domésticos en la agenda nacional. El Comité está conformado por cinco instituciones, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, Ministerio de Salud, Ministerio de Relaciones Exteriores, Instituto Salvadoreño del Seguro Social, Secretaría Técnica y de Planificación de la Presidencia, y el Instituto Salvadoreño para Desarrollo de la Mujer. |
Más información | |
La condición de los trabajadores domésticos migrantes se rige bajo la Ley Especial de Migración y Extranjería.
En los registros del Departamento Nacional de Organizaciones Sociales, se encuentran inscritos a la fecha los sindicatos de Personas Trabajadoras Domésticas, siguientes:
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*Información revisada y aprobada por el Ministerio.